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Corte Constitucional tumbó cadena perpetua para violadores de niños

Palacio deJusticia de Colombia

Con una votación 6 – 3,  la Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó la posibilidad de aplicar la pena perpetua para violadores y asesinos de niños, niñas y adolescentes en Colombia.

La Sala acogió los argumentos de la ponencia de la magistrada Cristina Pardo quien se mostró de acuerdo con los argumentos de una demanda presentada por el Grupo de Prisiones de la Universidad de los Andes.

En la ponencia, Pardo señaló que el «Congreso de la República transgredió su poder de reforma al incluir la pena de prisión perpetua revisable en el artículo 34 de la Constitución, pues afectó un eje definitorio de la carta como lo es el Estado social y democrático de derecho fundado en la dignidad humana y, en consecuencia, sustituyó la Constitución».

La demanda también decía que la norma tenía vicios de forma en el trámite que tuvo en el Congreso dado a que supuestamente “se desconoció el principio de deliberación democrática, por desconocer – según la demanda – recusaciones en los debates séptimo y octavo desarrollados ante la Comisión Primera y la Plenaria del Senado de la República».

La ponencia fue aprobada con los votos de los magistrados Cristina Pardo como ponente de caso, Alberto Rojas Ríos, Alejandro Linares, José Fernando Reyes, Diana Fajado y Jorge Ibáñez.

La norma decía que “de manera excepcional cuando un niño, niña o adolescente sea víctima de las conductas de homicidio en modalidad dolosa, acceso carnal que implique violencia o sea puesto en incapacidad de resistir o sea incapaz de resistir, se podrá imponer como sanción hasta la pena de prisión perpetua»

Pero establecía que en todo caso la condena podría ser revisada “en un plazo no inferior a veinticinco (25) años, para evaluar la resocialización del condenado”.

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