
El Consejo Nacional Electoral de Colombia “no tiene la facultad de inhabilitar o restringir los derechos políticos de un funcionario electo popularmente”, determinó la mencionada Corte.
El fallo surgió a propósito de una demanda de los abogados del Mandatario, quienes a raíz de la investigación del Consejo Nacional Electoral, pidieron ante la Corte Interamericana expedir medidas provisionales por la investigación abierta en esa entidad ante violaciones de su campaña presidencial de los topes financieros dispuestos por Ley.
Los argumentos de la defensa del Jefe de Estado relacionados con las medidas para salvaguardar los derechosa la protección y garantías judiciales y derechos políticos del actual Mandatario y de su electorado, no fueron catalogados en peligro por la Corte Internacional.